En el Régimen General de la Seguridad Social, es toda lesión corporal que el trabajador sufra en ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena. (Art. 115 de LGSS). En el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), el ocurrido como consecuencia directa e inmediata del trabajo que realiza por su propia cuenta y que determina su inclusión en el campo de aplicación del régimen especial (Art. 3.2 Real Decreto 1273/2003).